El pasado 11 de octubre el Senado aprobó por unanimidad el texto de la propuesta de la nueva ley de autónomos que había sido remitida por el Congreso de los Diputados sin introducir enmienda alguna. Solo quedaba pendiente su publicación en el BOE sin necesidad de que el texto normativo, al no haberse introducido enmiendas, volviese al Congreso.
En el BOE de hoy 25 de octubre se publica la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
La Ley se estructura en ocho títulos:
El título I articula medidas dirigidas a facilitar la cotización a la Seguridad Social y a reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos.
El título II establece la ampliación de la cuota reducida de 50 euros -la denominada «tarifa plana»- para los nuevos autónomos hasta los doce meses.
El título III desarrolla medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar de los trabajadores autónomos.
El título IV introduce mejoras en los derechos colectivos del trabajador autónomo.
El título V introduce varias modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con la finalidad de clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad, de forma que puedan contar con un elevado grado de seguridad jurídica.
Fuente: http://www.fiscalaldia.es