La UE lanza una consulta pública sobre la fiscalidad de la economía digital

 

La Unión Europea ha lanzado una consulta pública en materia de “fiscalidad justa para la economía digital” que estará disponible hasta el 3 de enero de 2018.

Se invita a cualquier ciudadano, empresa u organización interesado en la evolución de la economía digital a contribuir. Se trata de un cuestionario on line de unos 20 minutos con cuestiones de diversa índole que permite una contestación parcial de solo las cuestiones sobre las que se tenga opinión. También permite aportar documentación adicional si se entiende oportuno. Las contribuciones recibidas, junto con la identidad del consultado, serán publicadas en Internet salvo que el consultado objete a la publicación de su identidad por dañar sus intereses legítimos, en cuyo caso se publicará de forma anónima. Para plantear una objeción a la publicación de la identidad se debe remitir un correo electrónico a TAXUD-DIGITAX@ec.europa.eu.

Se puede acceder al cuestionario a través del siguiente enlace: https://ec.europa.eu/info/consultations/fair-taxation-digital-economy_en

Una vez en esta página, si se desea contestar a la consulta en español, hay que ir al final de la página, pinchar en “answer the questionnaire” y, en la nueva página que aparece, cambiar de idioma en la pestaña “Languages” situada a la derecha.

Fuente: http://www.fiscalaldia.es/

Repercusión de IVA cuando una operación pasa de exenta a no exenta

 

El TEAC señala que al haber emitido factura el propietario del bien expropiado, la repercusión del impuesto puede realizarse dentro de los cuatro años siguientes al devengo, no estando por tanto prescrito el derecho.

Emitida por Ayuntamiento el Acta de Pago y Ocupación para expropiar una finca, la entidad propietaria de la misma emite la factura donde declara la operación exenta, al considerar aplicable lo dispuesto en el art. 20.uno.20 LIVA.

La Inspección de Hacienda cuestiona la aplicación de la exención al ser: el destino de la finca es educativo-cultural y no para parques, jardines o a superficies vales de uso público, por lo tanto la transacción se encuentra sujeta y no exenta. Aceptada esa interpretación por el contribuyente que firma en conformidad las actas incoadas, se remite factura rectificativa al Ayuntamiento de Valencia añadiendo al justiprecio la cuota de IVA correspondiente.

La Administración Municipal desestima la solicitud del pago del IVA al entender que ha transcurrido más de un año desde el devengo por lo que se ha perdido el derecho a la repercusión.

El TEAC considera que se está ante una entrega de bienes, sujetas al impuesto, si el transmitente (expropiado) tiene la consideración de empresario o profesional a efectos del IVA y los bienes expropiados estén integrados en un patrimonio afecto a la actividad económica.

El devengo del impuesto se produce en la fecha de emisión del acta de ocupación por parte de la Administración pública, y su importe no se encuentra comprendido en el justiprecio acordado.

Por tanto, no se está ante un caso de repercusión del impuesto, sino de rectificación de las cuotas impositivas repercutidas, por lo tanto la fecha de prescripción para esto es de cuatro años y no un año, como está previsto cuando no se ha emitido la factura.

Así, partiendo del hecho de que estamos ante una operación realizada entre empresarios o profesionales, y que del acta no se deriva una infracción tributaria, el Ayuntamiento de Valencia debe soportar la repercusión del impuesto.

Resolución TEAC 1597/2014 de 21 septiembre de 2017. EDD 2017/190056

Fuentes:

http://www.espacioasesoria.com

Actualidad Mementos Fiscal

 

Mil empresas se han llevado su sede fiscal de Cataluña desde el 1 de Octubre

Desde octubre hasta los primeros días de noviembre, casi 1.000 empresas que figuraban con domicilio fiscal en Cataluña han cambiado su domicilio fiscal a otras CCAA, según informa la Agencia Tributaria (AEAT).

Hasta ayer 2.471 empresas habían cambiado su sede social desde el 1 de octubre, según los Registradores. El cambio de sede fiscal no es obligatorio que vaya acompañado del de domicilio fiscal. El traslado social no implica ningún cambio operativo para la empresa, pero el fiscal sí que exige que se trasladen las juntas y parte de la gestión operativa a la nueva sede para que la AEAT no lo cuestione.

La Agencia ha detectado además una caída en el peso que representa la facturación de las empresas incluidas en el Suministro Inmediato de Información del IVA (SII) con domicilio fiscal en Cataluña con respecto al total nacional de empresas incluidas en el SII (territorio común IVA).

La participación de ventas declaradas por empresas domiciliadas en Cataluña ha caído casi tres puntos porcentuales en la segunda quincena de octubre frente a la primera, al pasar de un peso medio diario del 22,4% en la primera quincena, a un peso medio diario del 19,6% en la segunda quincena de octubre.

Este descenso se percibe especialmente en algunos sectores económicos, el caso de energía, agua y construcción (cerca de 20 puntos de caída), y del financiero y seguros (-4 puntos).

Fuente: http://www.expansion.com/economia/2017/11/14/5a0af089468aeb46108b45f7.html

El precio de la vivienda usada cae un 1,8% en octubre

Según el portal Idealista, el precio de la vivienda usada en España ha registrado un descenso del 1,8% durante el mes de octubre, situándose en 1.562 euros/m2. En términos interanuales, sube un 3,2%.

El precio desciente en todas las comunidades salvo en Madrid (con una subida del 0,9%) y Baleares (0,8%). Donde más cayó fue en Murcia (un descenso del 3,8%), seguida por Castilla-La Mancha (3,4%) y Comunidad Valenciana (3,1%).

También son relevantes las caídas en La Rioja (2,9%), Andalucía (2,6%), Navarra y Cataluña (1,5% en ambos casos).

El País Vasco, con 2.505 euros/m2, sigue siendo la autonomía más cara. Le siguen la Comunidad de Madrid (2.502 euros/m2) y Baleares (2.401 euros/m2). En el lado opuesto de la tabla encontramos Castilla La Mancha (902 euros/m2), Extremadura (939 euros/m2) y Murcia (1.017 euros/m2).

Provincias

Sólo 7 provincias registran precios más altos que hace un mes. El mayor incremento se ha vivido en Madrid y Salamanca (0,9% en ambos casos), seguidos por Baleares (0,8%), Las Palmas (0,6%) y Málaga (0,3%).

La mayor caída, en cambio, se ha producido en Toledo y Almería, donde los propietarios piden un 5,9% menos por sus viviendas. Les siguen las caídas de Soria (-5,6%) y Castellón (-5,1%). El ranking de las provincias más caras se mantiene sin cambios, encabezado por Guipúzcoa y Vizcaya, con 2.716 euros/m2 y 2.586 euros/m2 respectivamente. Tras ellas se sitúan Madrid (2.502 euros/m2) y Barcelona (2.437 euros/m2).

Capitales

Durante el mes de octubre la vivienda usada ha incrementado sus precios en 13 capitales. La subida más pronunciada es la vivida por Palma, donde las expectativas de los propietarios crecieron un 2,2%. En Cuenca el incremento ha sido del 1,9%, mientras que en Madrid se ha quedado en el 1,6%. Soria ha marcado, por su parte, la mayor caída de este mes (6,9%), seguida por Lleida (6,1%).

Barcelona sigue siendo la ciudad más cara de España, con 4.333 euros/m2, le siguen San Sebastián (3.924 euros/m2) y Madrid (3.212 euros/m2). Lleida, en cambio, es la más económica, con sus 890 euros/m2, seguida por Ávila (964 euros/m2) y Castellón de la Plana (991 euros/m2).

Fuente: http://www.expansion.com